Óscar Bautista

No más muertes impunes en la carretera

crimen_atropello_ciclistaFirma la petición y compártela para modificar el código penal y que los atropellos no queden impunes.

Anna González es la viuda de Óscar, un ciclista que fue arrollado mientras circulaba en bicicleta por un camión cuyo conductor se dio a la fuga. La Guardia Civil consiguió identificarlo por las piezas del camión que quedaron en lugar de los hechos y lo detuvo y puso a disposición judicial, quedando en libertad con cargos pocas horas después.

Más tarde Anna recibió la noticia de que, por ser los hechos una imprudencia leve se consideran una falta y como tal, tras la última reforma del código penal, en la que se suprimieron las faltas, aunque haya una muerte por medio, la Juez decidió archivar la causa penal y no se celebró ningún juicio. Así comenzó su lucha para evitar que la muerte de su marido no quedase impune. Recurrió el caso, pero con el actual código penal dicho recurso tiene pocas posibilidades de prosperar.

Por esto quiere impulsar una petición al Congreso de los Diputados, para que se modifique la nueva reforma legal y los artículos 142 del Código Penal que regula el homicidio por imprudencia y el artículo 195 que regula la omisión del deber de socorro. En lo que se refiere al homicidio por imprudencia, propone un tercer apartado en el sentido siguiente:

Artículo 142:

  • 3. El que, por imprudencia leve causare la muerte de otro, será castigado con la pena de multa hasta tres meses.
  • Si el homicidio se hubiera cometido utilizando un vehículo a motor o un ciclomotor, se podrá imponer también la pena de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores de tres meses a 1 año.

De esta forma se conseguiría que todos los accidentes en las que hubiera una muerte como resultado de una imprudencia fueran a juicio, ya fuera ésta grave, menos grave o leve.

Y en lo que se refiere al delito de Omisión del Deber de Socorro, que se recupere y se castigue, al menos en grado de tentativa, a la persona que abandonara a otra, aunque hubiera muerto, pues el reproche de su repugnante acción no puede depender de la «suerte» de haber matado a su víctima y el sufrimiento de las familias de tener que esperar el resultado de la autopsia y, aún sabiendo que nos perjudica a nivel legal, desear que nuestro marido, padre,hijo, hermano, haya fallecido en el acto, sin sufrimiento.

Por lo que se propone la inclusión en el artículo 195 del Código Penal que regula la Omisión del Deber de Socorro, un párrafo cuarto, un apartado que diga lo que ya decía el Código Penal de 1975, que se castigará como tentativa los casos de imposibilidad de ejecución o producción de este delito para que, no existiendo la menor duda, ningún conductor se beneficie de la muerte de su víctima.

Desde Ciclismo Máster creemos que la petición es justa. Si tú también compartes nuestra opinión, apoya la petición de Anna firmandola en change.org.

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