Varios corredores se han dirigido a la organización de la Challenge de Castilla y León para preguntar si podían participar con frenos de disco.
Hay que puntualizar que en España, según indica el Real Decreto 1835/1991, de 20 de diciembre, son las Federaciones Deportivas las que gestionan, organizan y reglamentan las especialidades deportivas que les corresponden, en este caso el ciclismo. Las federaciones nacionales están sujetas, a su vez, a las normas internacionales dictadas por la UCI.
«Estatuariamente la regulación, control y ordenación de las pruebas y competiciones, son de ámbito competencial de cada federación, autonómica, nacional, internacional.»
No es por tanto potestad de un organizador de una prueba federada, permitir o prohibir la participación en su carrera a los corredores, sino que son los jueces árbitros los que deben comprobar que los deportistas que participen en cualquier prueba, cumplen con los reglamentos vigentes en cada momento.
Dicho todo esto, el uso de los frenos de disco sigue en fase de pruebas, y por tanto sólo se permite su uso en determinadas carreras de profesionales. Por el momento no se puede correr en máster con bicicletas con frenos de disco. En el caso de la RFEC o la FCCyL, no han modificado la norma de la UCI en sus reglamentos técnicos (artículo 1.3.025), por lo que no permiten el uso de frenos de disco en carreras máster.
Aclaración sobre la prevalencia de los estatutos
Tal como nos indicó Carlos Moure en un comentario, «estatuariamente la regulación, control y ordenación de las pruebas y competiciones, son de ámbito competencial de cada federación, autonómica, nacional, internacional, en base a sus disposiciones normativas y reglamentarias y estatutarias, que le son propias y emanadas por sus órganos de gobierno y representación».
Como la Challenge de Castilla y León es de clase CYL1.8ESP, si la FCCyL aprobase la utilización de los frenos de disco, sí que se podrían utilizar en esta prueba, mientras tanto, como ya hemos indicado, no es posible usarlos y es algo que no depende del organizador de la prueba.
Buenos días, después de leer la explicación del porque, no se puede utilizar los frenos de disco en esta y otras pruebas, la explicación del fondo, no es cierta. Me explico
Hay que puntualizar que en España, según indica el Real Decreto 1835/1991, de 20 de diciembre, son las Federaciones Deportivas las que gestionan, organizan y reglamentan las especialidades deportivas que les corresponden, en este caso el ciclismo: Hasta aquí de acuerdo
Este es el fondo de la Cuestion;
Las federaciones nacionales están sujetas, a su vez, a las normas internacionales dictadas por la UCI,
Esta es la contestación (tipo) de las federaciones nacionales y autonómicas para quitarse de en medio,
La realidad es que Estatuariamente:
La regulación, control y ordenación de las pruebas y competiciones, son de ámbito competencial de cada federación, Autonómica, Nacional, Internacional, en base a sus disposiciones normativas y reglamentarias y estatutarias, que le son propias y emanadas por sus órganos de gobierno y representación.
Por lo cual si la Challenge es nacional, las normas que regula la prueba serán las de la RFEC, si por el contrario fuera Autonómica, las regularía la Federación de Castilla y León, y si fuera internacional seria la Unión Ciclista Internacional.
Por lo tanto si la RFEC aprobase la utilización de los frenos de disco se podrían utilizar, en las pruebas nacionales.
Si la Federación Autonómica aprobase la utilización de frenos de disco, se podrían utilizar en las pruebas de dicha autonomía.
Así de claro, lo demás es un cuento chino, que si tu te lo crees pues vale.
Estimado Carlos Moure Castro. Cuando escribí ese párrafo me acordé de ti y la verdad es que tuve mis dudas. Entiendo lo que dices, y creo que está mejor explicado así, aunque en la práctica, como la RFEC o la FCCYL no han modificado la normativa de la UCI, se entiende que se acogen a ella.
Es decir, que sí que podrían permitir el uso de los frenos de disco en pruebas autonómicas o nacionales, pero no lo hacen porque (entiendo) dan por buena la normativa de la UCI. Lo cual puede ser discutible pero es legítimo.
Voy a modificar el artículo con tus comentarios. Muchas gracias por la aportación.
De hecho, ahora que lo recuerdo, en el último artículo que escribí sobre este tema, se puede leer que algunas federaciones nacionales (como la británica) sí que permite el uso de estos frenos en sus competiciones. Así que, efectivamente, tiene razón Carlos Moure Castro en su aclaración. Gracias de nuevo.
De hecho, ahora que lo recuerdo, en el último artículo que escribí sobre este tema, se puede leer que algunas federaciones nacionales (como la británica) sí que permite el uso de estos frenos en sus competiciones. Así que, efectivamente, tiene razón Carlos Moure Castro en su aclaración. Gracias de nuevo.
Buenos días Jesús, es más si en la reglamentación de la RFEC y de las autonómicas, no figura específicamente la prohibición de la utilización de los frenos de disco, ¿Por qué? Durante estos años los comités de árbitros los prohibieron en la pruebas Nacionales y Autonómicas, saltándose el reglamento.
La contestación es sencilla. Lo ha prohibido la UCI, y es la norma superior, tema zanjado.
Pues no es cierto, no hay norma superior, pero …………….
Frenos de disco al palco !
Si una Federación Autonómica los aprueba, podrían utilizarse
A día de hoy se pueden usar en todas las pruebas de rango nacional de EEUU, UK y Australia. Solo quedarían excluidas las que tienen categoría UCI (Nacionales, Tour Down Under etc)
Cual será la primera federación autonómica en autorizarlos?
Espero q la Gallega
Yo ya he corrido pruebas ADO Moure con disco
El tiempo siempre da y quita razones, Carlos Moure Castro pero quien que quitará mi mes de sanción por correr pruebas no federadas?
Y Canadá tb los permite
http://www.cyclingnews.com/news/canada-legalizes-road-disc-brakes-in-non-uci-events/
Luis Larran, nadie te lo devolverá, ni nadie te pedirá perdón, por manchar tu expediente, pero para que te sientas satisfecho, hace unos dias el tribunal de la UE, sentencio como ilegal que las federaciones puedan sancionar a los deportistas federados por participar en pruebas no federadas, https://iusport.com/not/52611/el-fin-del-monopolio-deportivo-por-parte-de-las-federaciones/
Precisamente por eso lo decía Carlos. El tiempo te dio la razón
Y no he escuchado ninguna disculpa por habernos sancionado por algo legal y basándose en una clasificación publicada en una web
Increíble q un jurista pudiera dar valor a una actuación asi
Están prohibidos y punto. Y que no los legalicen jamás, sería un crimen y jugarse la vida, solo por el interés de los fabricantes de bicis.